
Las rifas benéficas y no benéficas realizadas por personas físicas o jurídicas deberán contar con una licencia expedida por el Consejo de Juegos de Azar, según contempla el proyecto de Ley de Juegos de Azar que la Cámara de Diputados remitió al Senado de la República.
La disposición está contenida en el artículo 112 de la iniciativa, que establece que este tipo de actividades deberán ser realizadas por personas o entidades habilitadas mediante una licencia otorgada por el Consejo de Juegos de Azar por el tiempo de duración de la rifa.
El proyecto deberá ser conocido ahora por el Senado de la República, donde continuará su proceso de evaluación legislativa.
