
Dos proyectos de ley buscan establecer por legislación los horarios para el expendio de bebidas alcohólicas, luego de la decisión del Tribunal Constitucional sobre el decreto vigente
A menos de un mes de que el Tribunal Constitucional declarara inconstitucional el Decreto 308-06, que durante dos décadas estableció restricciones para la venta de bebidas alcohólicas, el Congreso Nacional tiene sobre la mesa nuevas propuestas para regular esta actividad mediante una ley.
Las iniciativas mantienen, en términos generales, los horarios que han regido hasta ahora: los establecimientos podrían vender bebidas alcohólicas hasta las 12:00 de la medianoche de domingo a jueves, mientras que los viernes, sábados y vísperas de días feriados el límite sería hasta las 2:00 de la madrugada.
El debate legislativo surge luego de que el Tribunal Constitucional determinara que una regulación general y permanente de los horarios de venta de alcohol debe establecerse mediante una ley aprobada por el Congreso y no únicamente a través de un decreto presidencial.
Aunque declaró inconstitucional el Decreto 308-06, el Tribunal Constitucional decidió mantenerlo vigente durante un período de dos años después de la notificación de la sentencia, con el propósito de evitar un vacío jurídico mientras el Poder Legislativo prepara una nueva normativa.
La sentencia también exhortó al Congreso Nacional a legislar sobre la prohibición del expendio de bebidas alcohólicas en colmados, bares, discotecas, casinos y otros centros de diversión durante el horario nocturno.
Las nuevas propuestas legislativas contemplan además la creación de licencias obligatorias para los establecimientos que comercialicen bebidas alcohólicas, así como sanciones para quienes incumplan las disposiciones.
Entre las medidas planteadas figuran penalidades por vender alcohol a menores de edad y multas económicas que, en determinadas infracciones, podrían alcanzar hasta 100 salarios mínimos del sector público.
La discusión sobre los horarios no es nueva. Durante los últimos diez años, el Congreso ha recibido diferentes iniciativas destinadas a regular el expendio, suministro y consumo de bebidas alcohólicas, pero ninguna había logrado convertirse en una legislación definitiva.
El Decreto 308-06 fue emitido en julio de 2006 y estableció las restricciones que han regido desde entonces para colmados, bares, discotecas, casinos y otros centros de diversión. El Tribunal consideró que, aunque la finalidad de preservar el orden público y la seguridad ciudadana es legítima, una restricción general aplicada indefinidamente debía contar con respaldo legal.
Por ahora, los horarios tradicionales continúan siendo la referencia mientras avanza el proceso legislativo. La decisión definitiva dependerá de la aprobación de una nueva ley que establezca las condiciones, horarios, licencias y sanciones que regirán la venta de bebidas alcohólicas en República Dominicana.
En consecuencia, la venta seguiría permitida hasta las 12:00 de la medianoche de domingo a jueves y hasta las 2:00 de la madrugada los viernes, sábados y vísperas de feriados, conforme al régimen actualmente vigente y a los horarios que mantienen las nuevas propuestas legislativas.
