
El tribunal consideró que publicar los nombres o datos de propietarios con deudas de mantenimiento vulnera su derecho fundamental a la privacidad
El Tribunal Constitucional de la República Dominicana estableció que las juntas de vecinos de residenciales y comunidades de apartamentos no pueden utilizar redes sociales, aplicaciones digitales u otros medios para exponer públicamente a propietarios que tengan deudas por concepto de mantenimiento.
La decisión está contenida en la sentencia TC/0684/26, mediante la cual el tribunal determinó que la publicación de información sobre personas morosas puede vulnerar su derecho a la privacidad, protegido por la Constitución dominicana.
La medida establece un límite a las prácticas utilizadas en algunos residenciales para presionar públicamente a los propietarios a cumplir con sus obligaciones económicas, especialmente cuando se difunden nombres, fotografías u otros datos personales en plataformas digitales.
El jurista José Parra consideró que la decisión del Tribunal Constitucional busca precisamente resguardar el derecho a la privacidad de las personas, al recordar que se trata de una garantía reconocida por la Constitución de la República.
La sentencia no significa que las juntas de vecinos pierdan la posibilidad de reclamar las cuotas de mantenimiento pendientes. Los residenciales pueden recurrir a los mecanismos legales correspondientes para exigir el cumplimiento de las obligaciones, pero sin recurrir a mecanismos de exposición pública que puedan afectar la privacidad de los propietarios.
