
Bonao, Monseñor Nouel.– El Senado de la República convirtió en ley la iniciativa denominada “Ley de prevención y prohibición de importación de mercancías producidas mediante trabajo forzoso”, durante una sesión celebrada en el municipio de Bonao, provincia Monseñor Nouel.
La propuesta, de la autoría del senador Félix Bautista, fue suscrita además por otros 12 senadores y tiene como objetivo establecer mecanismos legales para prevenir que mercancías, productos y bienes elaborados mediante trabajo forzoso sean importados al territorio dominicano.
Al valorar la aprobación de la iniciativa, Bautista afirmó que la legislación busca beneficiar tanto a los trabajadores dominicanos como al sector exportador nacional, al que identificó como uno de los principales generadores de empleos productivos en el país.
“Con la aprobación de esta ley por parte del Senado de la República, estamos legislando en beneficio de los trabajadores dominicanos y del sector exportador generador de la mayoría de los empleos productivos del país”, expresó el legislador.
La iniciativa establece un marco orientado a la prevención, identificación, verificación y prohibición de mercancías producidas, fabricadas, extraídas, procesadas o elaboradas, total o parcialmente, mediante trabajo forzoso. Este tipo de regulación busca incorporar controles que permitan identificar el origen y las condiciones bajo las cuales son elaborados determinados productos que ingresan al mercado dominicano.
El tema también se vincula con las medidas adoptadas por el Estado dominicano para fortalecer los controles sobre este tipo de mercancías. En julio de 2026, el Poder Ejecutivo emitió el Decreto 502-26, que establece un procedimiento administrativo para prevenir, identificar y restringir la importación de bienes producidos total o parcialmente mediante trabajo forzoso.
Ese decreto faculta a la Dirección General de Aduanas (DGA) a prohibir la importación de mercancías cuando se determine que fueron producidas mediante trabajo forzoso y contempla medidas como la reexportación, destrucción u otras acciones previstas por la legislación.
La normativa también contempla la coordinación entre diferentes instituciones del Estado para fortalecer la identificación y control de estos productos. Entre las entidades involucradas se encuentran la Dirección General de Aduanas, el Ministerio de Trabajo, el Ministerio Público, el Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes y el Ministerio de Relaciones Exteriores.
Para el sector exportador dominicano, el establecimiento de mecanismos de este tipo también tiene una dimensión comercial, debido a que las condiciones laborales y los controles sobre las cadenas de suministro forman parte de las exigencias de distintos mercados internacionales.
La propuesta impulsada por Félix Bautista había sido presentada con el propósito de establecer un marco jurídico que permita al país demostrar que cuenta con mecanismos efectivos para impedir el ingreso de mercancías producidas mediante trabajo forzoso.
Durante el proceso legislativo, representantes de instituciones vinculadas al comercio exterior y las relaciones internacionales participaron en la discusión de la iniciativa y expresaron consideraciones destinadas a fortalecer su contenido.
Con la conversión en ley, República Dominicana incorpora nuevas disposiciones dirigidas a reforzar la vigilancia sobre las mercancías que ingresan al territorio nacional y a evitar que productos elaborados bajo condiciones de explotación laboral formen parte del mercado interno.
La medida también busca contribuir a la protección de los derechos laborales y a generar condiciones de mayor transparencia en las cadenas internacionales de producción y comercialización.
La aplicación de la nueva legislación requerirá la coordinación de las instituciones responsables de la supervisión del comercio exterior y la aplicación de las normas laborales y aduaneras.
El Senado destacó que la aprobación de la iniciativa representa un paso dentro de los esfuerzos legislativos dirigidos a proteger a los trabajadores y fortalecer las condiciones del comercio dominicano.
A partir de la entrada en vigor de la ley, corresponderá a las autoridades competentes establecer los mecanismos necesarios para su aplicación y verificar que las mercancías importadas cumplan con las disposiciones establecidas.
