
La medida elimina la reducción automática de la vigencia por edad, pero mantiene los requisitos médicos y de aptitud para conducir
El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) informó que acatará la sentencia del Tribunal Constitucional que anuló la disposición que establecía una vigencia máxima de dos años para las licencias de conducir de personas mayores de 75 años.
El director ejecutivo del organismo, Juan Manuel Méndez García, reafirmó que la institución actuará conforme a la Constitución, las leyes y lo dispuesto por el tribunal, por lo que se realizarán las modificaciones necesarias en los procedimientos administrativos.
Con la decisión, ya no se aplicará automáticamente una vigencia reducida de la licencia únicamente por el hecho de que el conductor haya superado los 75 años. El Intrant deberá ajustar sus sistemas para que los procesos de expedición y renovación respondan al nuevo criterio establecido.
La eliminación de esta restricción por edad no significa que desaparezcan los requisitos relacionados con la seguridad al conducir. Los solicitantes deberán continuar cumpliendo con las evaluaciones y condiciones médicas, físicas y de aptitud que establezca la normativa vigente.
Méndez García indicó que el organismo dará cumplimiento al fallo y adecuará sus procedimientos para garantizar que las disposiciones administrativas se mantengan dentro del marco legal.
La medida impactará directamente a los conductores mayores de 75 años, quienes hasta ahora estaban sujetos a un período de vigencia más corto debido exclusivamente a su edad.
