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🚨🚗💥 ¡LOS AYUNTAMIENTOS NO TIENEN PODER PARA MULTARTE POR MAL PARQUEO EN RD!
¡Conoce tus derechos como ciudadano frente a la fiscalización del tránsito en Santiago y todo el país! 🇩🇴📢
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Límite de competencias: La Ley 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial establece que solo la DIGESETT (Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre) tiene la facultad legal para imponer actas de infracción.
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Rol de los cabildos: Los ayuntamientos regulan el uso de las vías y el espacio público, pero no pueden actuar como agentes de fiscalización ni cobrar actas contravencionales.
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Arbitrios vs. Multas: Ningún inspector municipal ni cuerpo arbitral de alcaldía está investido de autoridad para multar conductores en la vía pública. 📈📉
¿Te han intentado fiscalizar o cobrar multas municipales por parqueo en tu ciudad?
https://youtu.be/xeXesXmIJEw
