domingo, agosto 2

Reducción mamaria por razones médicas puede estar cubierta por el SFS

La cobertura aplica a determinadas condiciones de salud y requiere que el paciente cumpla con los criterios médicos establecidos.

La reducción mamaria puede ser considerada una prestación cubierta por el Seguro Familiar de Salud (SFS) del Régimen Contributivo cuando el procedimiento responde a una necesidad médica y no exclusivamente a motivos estéticos, según explicó el cirujano plástico, reconstructivo y estético Emmanuel Pérez.

Durante una entrevista en el segmento de salud del programa Al Mediodía, La Plataforma, el especialista recordó que la Resolución No. 624-02 del Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) incorporó la cobertura de procedimientos relacionados con determinadas condiciones que pueden afectar la salud de los pacientes.

Entre estas se encuentran la gigantomastia, la hipertrofia mamaria sintomática y la ginecomastia, siempre que la persona cumpla con los criterios médicos requeridos para que el procedimiento sea considerado dentro de las prestaciones del sistema.

Pérez explicó que existe una diferencia importante entre una cirugía de reducción mamaria realizada por razones estéticas y aquella indicada por un especialista para tratar una condición que genera afectaciones en la salud. En este último caso, el procedimiento puede entrar dentro de la cobertura establecida por el SFS.

La evaluación médica resulta fundamental para determinar si el paciente presenta una condición que justifique la intervención y si cumple con los requisitos establecidos para acceder a la cobertura. Por ello, la recomendación es consultar con los profesionales correspondientes y conocer el proceso antes de asumir que una cirugía está automáticamente cubierta.

El tema cobra importancia para pacientes que enfrentan molestias o problemas asociados con el tamaño de las mamas y que desconocen que, bajo determinadas condiciones médicas, pueden existir mecanismos de cobertura dentro del sistema de seguridad social dominicano.

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