
El decreto define el funcionamiento del Sistema Nacional de Inteligencia y las operaciones de la Dirección Nacional de Inteligencia
crea la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI) y regula el Sistema Nacional de Inteligencia (SNI), estableciendo parámetros operativos, mecanismos de control y procedimientos para las actividades de inteligencia y contrainteligencia en República Dominicana.
La disposición fue emitida mediante el decreto 291-26 y define el funcionamiento de la DNI como órgano rector del sistema de inteligencia nacional. El reglamento establece la coordinación entre distintas instituciones estatales vinculadas a seguridad, migración, defensa y prevención de delitos estratégicos.
Uno de los aspectos más destacados de la normativa es que el personal de la DNI operará bajo un régimen confidencial y exclusivo, incluyendo nóminas reservadas y mecanismos especiales de identificación restringida para proteger el anonimato de los agentes vinculados a operaciones sensibles.
El reglamento también permite la creación de un régimen especial o complementario de seguridad social para miembros de la institución, incluyendo cobertura médica ampliada, beneficios especiales y posibles pensiones vitalicias bajo determinadas condiciones de servicio y antigüedad.
La nueva estructura establece además que organismos como la Policía Nacional, DNCD, Migración y unidades militares compartirán información estratégica bajo criterios de clasificación y confidencialidad. Las informaciones podrán clasificarse como reservadas, confidenciales, secretas o ultrasecretas.
En temas migratorios, la normativa indica que la Dirección General de Migración y la DNI trabajarán coordinadamente en labores de verificación y control de extranjeros, especialmente cuando existan alertas o riesgos vinculados a seguridad nacional.
El reglamento también otorga a la DNI funciones de cooperación con instituciones vinculadas al combate de la corrupción administrativa, terrorismo, ciberseguridad y protección de infraestructuras críticas como energía, telecomunicaciones, transporte y agua.
La Ley 1-26 fue promulgada a inicios de este año luego de que el Tribunal Constitucional anulara una versión anterior de la normativa por observaciones relacionadas con procedimientos legislativos y preocupaciones sobre derechos fundamentales y libertad de prensa.
